SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA ETAPA PRODUCTIVA
GUIA DESARROLLO DE ETAPA PRODUCTIVA EN EL PROCESO FORMATIVO
Código: GFPI-G-040
El seguimiento y evaluación de la
etapa productiva se desarrollará de la siguiente manera:
9.4.1. A través de Bitácora:
a. La Bitácora es una
herramienta metodológica obligatoria que debe diligenciar el aprendiz en el
Formato Bitácora de Seguimiento de Etapa Productiva-GFPI-F-147, física o
virtualmente, en el cual debe consignar las actividades o acciones
desarrolladas con sus respectivos soportes.
Descargue aquí el formato GFPI-F-147
Descargue aquí el INSTRUCTIVO para el diligenciamiento de formato GFPI-F-147
b. El aprendiz debe hacer entrega física o virtual del Formato Bitácora de Seguimiento de Etapa Productiva-GFPI-F-147 al instructor de seguimiento, cada quince (15) días, una vez se inicia la etapa productiva. Si la entrega es virtual se deberá subir el formato al LMS en el espacio creado para ello por el centro de formación. Este acuerdo sobre el medio de entrega de las bitácoras quedará registrado en el Formato GFP-F-023.
Descargue aquí el formato GFPI-F-023v5
Descargue aquí el INSTRUCTIVO para el diligenciamiento del formato GFPI-F-023v5
9.4.2. Seguimiento presencial o a través de medios digitales:
De acuerdo con los
resultados y retroalimentación de las bitácoras se prioriza el seguimiento
presencial o por medios virtuales a los aprendices con el fin de verificar los
aspectos indicados en el Formato
Planeación, Seguimiento y Evaluación Etapa Productiva (GFPI-F-023).
9.4.3. Evaluación de la Etapa Productiva:
La evaluación de esta
etapa concluye con el juicio de evaluación como el valor a la acción cognitiva
y productiva del aprendiz sobre los logros obtenidos en su resultado de
aprendizaje basado y soportado en las evidencias del seguimiento durante el
desarrollo de la misma y que forman parte del portafolio del aprendiz. El
portafolio del aprendiz tiene un lugar habilitado en la plataforma LMS.
b. Cuando el aprendiz no
apruebe los resultados de aprendizaje de la etapa productiva y pese a haber
tenido la oportunidad de realizar el respectivo plan de mejoramiento estipulado
en el Reglamento del Aprendiz, en garantía del debido proceso y seguimiento del
instructor, se deberá registrar la correspondiente anotación en el sistema de
gestión académico administrativo.