miércoles, 2 de septiembre de 2020

Aviso de publicación Anónimo Tecnólogo de Gestión de mercados con la ficha 2104693 SENA Chía

 AVISO PUBLICACIÓN

 

 

Chía, 02 de septiembre de 2020 a las 12:00 m. 

 

Una vez recibido y analizado el requerimiento ingresado 7-2020-141372 en contra de las Instructoras DORA CONSUELO CASTRO y ADRIANA HERNANDEZ del programa de formación Tecnólogo de Gestión de Mercados, se procedió a revisar la queja y proyectar la respuesta.

 

En constancia y acorde con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), Ley 1437 de 2011, artículo 68, se fija la presente en un lugar público y visible de la del blog del Centro, por un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 491 de 2020.

 

 

 

CONSTANCIA DE FIJACIÓN: El presente aviso, se fija por término de cinco (5) días hábil, hoy 2  de  septiembre de 2020 a las 12:00 m.

 

 

 

                                                                                               CARLOS ARTURO SALGAR RAMÍREZ

                                                                                               Subdirector de Centro (E)

 

Para ver documento completo hacer click sobre la imagen. 


DESFIJACIÓN DEL AVISO:9  de septiembre se desfija el presente aviso

 


 

Chía

 

ANONIMO

Tecnólogo de Gestión de Mercados con la ficha (2104693)

 

Asunto: Respuesta a comunicación electrónica No. 7-2020- 141372

 

Cordial Saludo:

 

En atención a su comunicación radicada con el No. 7-2020-141372 en contra de las Instructoras DORA CONSUELO CASTRO y ADRIANA HERNANDEZ  del programa de formación Tecnólogo de Gestión de Mercados con la ficha (2104693), le informamos

 

En primer lugar, es preciso señalar cuando se presenta alguna queja y se omita el nombre de quien la remite y es en contra de algún servidor público o un particular que desempeña funciones públicas  en consecuencia en desarrollo de la verificación se encuentran evidencias de la inconformidad se procede a realizar los correctivos a que haya lugar de conformidad con la falta correspondiente.

 

En segundo lugar, dentro del debido proceso se dio a conocer la misma e igualmente al supervisor del Contrario para el efecto se revisaron los procedimientos que adelanta se encuentra conformes, de otra parte no se ha recibido inconformidad alguna sobre el desarrollo del proceso formativo de ninguna de las otras personas que han tomado el proceso de formación con el instructor referido en su comunicación.

 

De otra parte, el dialogo es la mejor herramienta por lo cual lo (la)  invitamos transmitir sus inquietudes correspondientes en su oportunidad a los instructores - tutores. Ahora bien, es pertinente señalar que las personas matriculadas les rige el Reglamento del Aprendiz, por lo tanto no se debe propiciar conductas hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica y que de presentarse situación alguna es su deber presentar la queja conforme lo establece el Reglamento del Aprendiz  y  la Resolución 359 de 2016  en su Artículo 14 señala dentro de los requisitos para la presentación de peticiones que entre otras debe indicarse:

(…)

1. La designación de la autoridad a la que se dirige.

2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y/o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica. (Resaltado es nuestro)

3. El objeto de la petición

4. Las razones en las que fundamenta su petición.

5. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite

6. La firma del peticionario cuando fuere el caso.

(…)

 

Finalmente, en consideración que no relaciona ninguna dirección de correspondencia la presente respuesta se publica en el blog del Centro.

 

Cordialmente,

 

 

 

Carlos Arturo Salgar Ramírez

Subdirector (E) Centro de Desarrollo Agroempresarial Chía

Regional Cundinamarca

Vereda Bojacá, Carrera 11, Sector el Darién, Lot 1. Chía, Colombia

 

Copia: Carlos Alberto Herrera Bernal – Coordinador Formación Profesional Integral,  Jeiny Romero Rodríguez – Coordinadora Académica,  Alfredo Vidal López – Comunicaciones CDA Chía

 

NIS: 2020-01-192289